¿Puede una comunidad de vecinos instalar placas solares?

Sí, y cada vez es más habitual. Desde la aprobación del Real Decreto 244/2019, cualquier comunidad de propietarios puede instalar paneles solares en la cubierta del edificio y repartir la energía generada entre los vecinos que participen. No es necesario que todos los propietarios se adhieran: basta con que lo apruebe la junta y cada vecino decide si quiere beneficiarse.

En Extremadura, donde la radiación solar supera los 1.800 kWh/m² al año, un edificio de 20 viviendas con una cubierta de 300 m² puede alojar fácilmente una instalación de 30-40 kWp que cubra entre el 40 % y el 60 % del consumo eléctrico de los participantes.

Requisitos legales en 2026

Aprobación en junta de propietarios

Según la Ley de Propiedad Horizontal (modificada en 2022), la instalación de sistemas de autoconsumo colectivo requiere un tercio de los votos favorables de la junta de propietarios. No es necesaria unanimidad ni mayoría simple. Esto facilita enormemente el proceso, porque en la práctica basta con que 7 de 20 vecinos estén a favor para aprobar la instalación.

Modalidad de autoconsumo

La instalación se acoge al autoconsumo colectivo con excedentes acogido a compensación. Cada vecino participante tiene un coeficiente de reparto (puede ser fijo o dinámico) que determina qué porcentaje de la producción se le asigna. La energía sobrante se vierte a la red y se compensa en la factura de cada participante.

Registro y legalización

La instalación debe inscribirse en el Registro de Autoconsumo de la Junta de Extremadura. El instalador autorizado se encarga de toda la tramitación: boletín eléctrico, certificado de instalación, comunicación a la distribuidora (normalmente e-distribución en Extremadura) y alta en el registro.

Cómo se reparte la energía entre vecinos

Existen dos modelos principales:

Reparto fijo por coeficientes

Cada participante tiene un porcentaje asignado (por ejemplo, 8 % cada uno en una comunidad de 12 participantes). Ese porcentaje se aplica hora a hora sobre la producción total. Es el modelo más sencillo y el que aplican la mayoría de distribuidoras.

Reparto proporcional al consumo

Se asigna la energía en función del consumo real de cada vivienda en cada hora. Requiere contadores inteligentes y un acuerdo de reparto dinámico. Es más justo, pero algo más complejo de gestionar.

En la práctica, el reparto fijo por partes iguales funciona bien cuando las viviendas tienen consumos similares. Si hay diferencias grandes (un ático con climatización frente a un bajo con poco consumo), conviene ajustar los coeficientes.

Costes reales de una instalación comunitaria

Veamos los números para un edificio de 16 viviendas en Mérida con cubierta plana orientada sur:

Concepto Importe
Instalación 25 kWp (55 paneles de 450 W) 22.000 €
Estructura para cubierta plana 3.800 €
Inversores y protecciones 4.200 €
Legalización y trámites 1.200 €
Total 31.200 €
Subvenciones Next Generation (hasta 40 %) -12.480 €
Coste neto comunidad 18.720 €
Coste por vecino (16 participantes) 1.170 €

Con una producción estimada de 42.500 kWh/año y un autoconsumo del 50 %, cada vecino ahorra entre 250 y 400 euros anuales en su factura eléctrica. La inversión individual de 1.170 euros se recupera en 3 a 5 años.

Pasos para instalar placas solares en tu comunidad

  1. Reunión informativa: convoca una reunión (no necesariamente junta oficial) para explicar la propuesta y recoger interés inicial.
  2. Estudio técnico: un instalador autorizado visita el edificio, mide la cubierta, analiza sombras y dimensiona la instalación. En Auro Solar hacemos este estudio sin coste.
  3. Presupuesto detallado: con el estudio técnico se elabora un presupuesto que incluya coste total, reparto por vecino, ahorro estimado y plazo de amortización.
  4. Aprobación en junta: se presenta el proyecto en junta ordinaria o extraordinaria. Recuerda: solo necesitas un tercio de votos.
  5. Solicitud de subvenciones: tramitamos las ayudas disponibles en la convocatoria vigente en Extremadura.
  6. Instalación: entre 3 y 5 días de trabajo en cubierta, sin afectar a la vida normal del edificio.
  7. Legalización y alta: trámites con la distribuidora, registro de autoconsumo y activación del reparto.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un vecino no quiere participar? No pasa nada. Solo pagan y se benefician los que se adhieren. Los no participantes no asumen ningún coste ni reciben energía.

¿Se puede añadir un vecino después? Sí. Basta con modificar los coeficientes de reparto y comunicarlo a la distribuidora.

¿Afecta a la estética del edificio? En cubiertas planas, los paneles no son visibles desde la calle. En cubiertas inclinadas, se integran con el tejado. Si el edificio tiene protección patrimonial, hay que consultar con urbanismo.

¿Quién mantiene la instalación? La comunidad, como cualquier elemento común. Un contrato de mantenimiento profesional cuesta entre 200 y 400 euros anuales para toda la comunidad (12-25 euros por vecino al año).

¿Es diferente de una comunidad energética?

Una comunidad de vecinos con autoconsumo colectivo es el caso más sencillo. Las comunidades energéticas van un paso más allá: permiten compartir energía entre edificios distintos dentro de un radio de 500 metros (en baja tensión) o 2.000 metros (en media tensión). Si tu comunidad quiere incluir al local comercial de enfrente o al edificio contiguo, una comunidad energética local es el marco adecuado.



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